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¿Cómo elijo entre el Régimen Tributario A y el Régimen Tributario B de APV?

La conveniencia de cada régimen depende directamente de tu tramo de impuestos actual:

  • Régimen Tributario A: El Estado te entrega una bonificación anual del 15% de lo que ahorres (con un tope de 6 UTM al año). Te conviene si tu renta imponible te sitúa en un tramo de impuestos bajo o medio (por ejemplo, hasta un sueldo imponible de $1.500.000 que tributa en el tramo del 8%). Puedes realizar retiros en cualquier momento sin pagar impuesto por el capital (solo la rentabilidad constituye renta si es mayor a 30 UTM, y se gira el 15% de vuelta a Tesorería).
  • Régimen Tributario B: Al momento de efectuar el aporte, este se rebaja directamente de tu base imponible, lo que se traduce en un menor pago de impuesto a la renta mensual. Te conviene si tu tramo de impuestos es superior al 13,5%. Los retiros anticipados tienen una retención provisional del 15% y pagan un Impuesto Único al Retiro de entre un 3% y 7% adicional a tu tramo.

(Nota: Ambos regímenes no son excluyentes en el tiempo y puedes adaptarlos a medida que tu renta crezca).


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